Documento Interno
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Dirección de Formación e Innovación EducativaINSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL |
Fecha de elaboración: 02-02-2022 |
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ProcedimientoPublicación de la revista Innovación Educativa |
Código: PRO-8350-02 |
Revisión: 1 |
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1 Objetivo Establecer las acciones para la revisión, dictamen, formación y publicación de la revista Innovación Educativa del Instituto Politécnico Nacional. 2 Alcance y Campo de Aplicación 2.1 Aplica para toda la Dirección de Formación e Innovación Educativa. 2.2 Implica a todo el personal involucrado en el desarrollo y publicación de la revista "Innovación Educativa". 3 Referencias 3.1 Mapa de proceso de Divulgación de Investigación e Innovación Educativa (SGC-4400-76). 3.2 Requisito 8.3.5 del Sistema de Gestión de la Calidad (SGC-4400-42). 3.3 Requisito 8.5.2 del Sistema de Gestión de la Calidad (SGC-4400-48). 3.5 Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional. 3.6 Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional. 3.7 Reglamento Orgánico del Instituto Politécnico Nacional. 3.8 Acuerdo de creación de la Dirección de Formación e Innovación Educativa del Instituto Politécnico Nacional. Gaceta Politécnica, Número 1541, 2 de marzo de 2020, Año LVI, Vol. 18. 4 Desarrollo 4.1 La Subdirección de Innovación e Investigación Educativas de la Dirección de Formación e Innovación Educativa (DFIE) contará con el personal capacitado para la operación de las acciones orientadas a la innovación educativa en el IPN. 4.2 La DFIE será la dependencia responsable de la formación, edición y publicación de la revista Innovación Educativa del Instituto Politécnico Nacional. 4.3 Los artículos que integran cada número de la revista deberán cumplir los requisitos descritos en el apartado denominado Lineamientos de Innovación Educativa, publicados ubicados en el sitio web de la revista en la sección Lineamientos en https://www.ipn.mx/innovacion/lineamientos-1.html 4.4 Podrán participar artículos académicos de corte científico, vinculados a estudios educativos con una perspectiva conceptual, teórica y metodológica, desarrollados desde las ciencias sociales y humanísticas. 4.5 La recepción de los artículos para su valoración e integración (en caso de ser aprobados por los evaluadores del comité de la revista) al número asignado por el Comité editorial, será abierta sin periodos específicos durante el año en curso. 4.6 Los dictámenes emitidos para cada artículo candidato propuesto para su publicación en la revista Innovación educativa, son inapelables. 4.7 La Subdirección de Innovación e Investigación Educativas intervendrá exclusivamente en cuestiones aspectos y/o situaciones que impliquen la resolución de problemáticas que afecten alguna de las acciones para la publicación de la revista Innovación Educativa. 4.8 La coordinación editorial recibe del autor, vía correo electrónico, los artículos para la primera revisión. 4.9 La coordinación editorial notifica vía correo electrónico la recepción al autor o autores. 4.10 La coordinación editorial registra el artículo en base de datos con la información del autor y del artículo. 4.11 Se crea carpeta electrónica la cual contiene: artículo, declaración de autoría, declaración de conflictos de interés y currículum vitae del autor. 4.12 La coordinación editorial establece una primera evaluación para determinar el cumplimiento de los lineamientos del proceso de la revista para cada artículo recibido. 4.12.1 No se cumplen con los lineamientos: Se notifica al autor/a vía correo que no cumple con lineamientos y se descarta su participación en el número en turno de la revista. 4.12.2 Sí se cumplen los lineamientos: La coordinación editorial analiza con un software de coincidencias. 4.12.2.1 El artículo no cuenta con un número de coincidencias significativas: La coordinación editorial notifica al autor, por correo electrónico, que el artículo queda descartado para publicación. 4.12.2.2 El artículo sí cuenta con un número de coincidencias significativas: La coordinación editorial envían por correo electrónico, a dos árbitros especializados, iniciando el proceso de arbitraje por pares a ciegas / blind peer-review, para contar con uno de los resultados posibles:
4.13 La coordinación editorial envía carta de resultados a autor/es, por medio de correo electrónico, solicitando la atención de las observaciones de los evaluadores, estableciendo un periodo de tiempo no mayor a un mes para realizar los ajustes correspondientes. Pasa a la actividad 4.17 4.14 La coordinación editorial envía a un tercer dictamen, vía correo electrónico, que definirá si es aceptado o descartado. En caso de ser aceptado, pasa a la acción 4.15. 4.15 La coordinación editorial envía a autor/es carta de resultados y/o correcciones. Pasa a la acción 4.18. 4.16 La coordinación editorial envía a autor/es carta de resultados y razones de no aceptación y se descarta su participación en el número en turno de la revista. 4.17 La coordinación editorial recibe el artículo, vía correo electrónico, con las modificaciones realizadas por el autor. 4.17.1 Sí cumple(n) las sugerencias y realiza modificaciones solicitadas: Pasa a la acción 4.18. 4.17.2 No cumple(n) las sugerencias y realiza modificaciones solicitadas: Regresa a la acción 4.16. 4.18 La Subdirección de Innovación e Investigación Educativas integra el número de la revista con los artículos evaluados favorablemente para la formación del ejemplar con el editor responsable. 4.19 La Subdirección de Innovación e Investigación Educativas recibe del editor responsable, el número de la publicación formado, editado y revisado en su estructura, ortografía e identidad gráfica para su validación y posterior publicación. 4.20 La Subdirección de Innovación e Investigación Educativas valida la formación de la revista con los autores de los artículos y recaba su visto bueno a través de un correo electrónico. 4.21 La coordinación editorial publica el número integrado de la revista Innovación Educativa en formato físico y virtual. |
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