En la Secretaría de Investigación y Posgrado cumplimos los requisitos para las actividades posteriores a la entrega asociadas con los productos y servicios mediante la aplicación de los procesos de Gestión del Posgrado (SGC-4400-72) y Gestión de la Investigación (SGC-4400-74).
Al determinar el alcance de las actividades posteriores a la entrega que se requieren, consideramos:
- Los requisitos legales y reglamentarios;
- Las potenciales consecuencias no deseadas asociadas con sus productos y servicios;
- La naturaleza, el uso y la vida prevista de los productos y servicios;
- Los requisitos de las áreas de investigación científica y desarrollo tecnológico que se realizan en las dependencias politécnicas, las Personas que realizan investigación en nombre del IPN y Estudiantes de Posgrado;
- Retroalimentación de las áreas de investigación científica y desarrollo tecnológico que se realizan en las dependencias politécnicas, las Personas que realizan investigación en nombre del IPN y Estudiantes de Posgrado;
Las actividades posteriores a la entrega como recuperación de expedientes. |